Reservas de hotel




HOTEL TIPO CAT. SITUACION DUI DOBLE

Importante: Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos en Catalunya

Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos en Catalunya, que ha entrado en vigor el mes de Noviembre de 2012 (Decreto Ley 3/2012, de 16 de octubre, de reordenación urgente de determinadas garantías financieras del sector público de la Generalitat de Cataluña y de modificaciones tributarias). Se trata de una medida que afecta a las estancias de los clientes que pernocten en los hoteles de cualquier localidad o municipio de Catalunya.

Esta tasa es de obligatoria aplicación en todos los establecimientos hoteleros de 1* a 5*, apartamentos turísticos, campings y establecimientos de turismo rural. Tal y como estipula la medida ya aprobada por el Gobierno de Catalunya, se aplicarán los siguientes importes en función del tipo de establecimiento y su ubicación:

Tipo de establecimiento Tarifa Barcelona Ciudad Tarifas resto de Cataluña
Hotel 5*/5*GL 2,25 € 2,25 €
Hotel 4*/4* Sup 1,10 € 0,90 €
Resto de establecimientos 0,65 € 0,45 €


A dichos importes se le debe adicionar el 10% de IVA, siendo este el tipo impositivo actualmente aplicable a los servicios de alojamiento.

Las cantidades previamente mencionadas se estipulan por persona y noche (no por habitación), con una aplicación de 7 noches máximo .

Cada asistente deberá abonar la cantidad estipulada, y por las noches de estancia, directamente en el hotel en el momento de realizar el Check In.