| HOTEL | TIPO | CAT. | SITUACION | DUI | DOBLE |
Importante: Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos en Catalunya
Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos en Catalunya, que ha entrado en vigor el mes de Noviembre de 2012 (Decreto Ley 3/2012, de 16 de octubre, de reordenación urgente de determinadas garantías financieras del sector público de la Generalitat de Cataluña y de modificaciones tributarias). Se trata de una medida que afecta a las estancias de los clientes que pernocten en los hoteles de cualquier localidad o municipio de Catalunya.
Esta tasa es de obligatoria aplicación en todos los establecimientos hoteleros de 1* a 5*, apartamentos turísticos, campings y establecimientos de turismo rural. Tal y como estipula la medida ya aprobada por el Gobierno de Catalunya, se aplicarán los siguientes importes en función del tipo de establecimiento y su ubicación:
| Tipo de establecimiento | Tarifa Barcelona Ciudad | Tarifas resto de Cataluña |
| Hotel 5*/5*GL | 2,25 € | 2,25 € |
| Hotel 4*/4* Sup | 1,10 € | 0,90 € |
| Resto de establecimientos | 0,65 € | 0,45 € |